Día internacional contra la esclavitud infantil
16 de abril
Día internacional contra la esclavitud infantil
Sandra Muñoz Díaz, Coordinadora del área jurídica.
La
Organización Internacional del Trabajo (OIT) define al trabajo infantil como
todo aquel que priva a niñas, niños y adolescentes de su potencial y dignidad,
y que es perjudicial para su desarrollo físico y psicológico
El trabajo
infantil resulta ser una problemática en la sociedad, porque si los niños que
actualmente se encuentran colocados en un sector de vulnerabilidad no pueden
ser protegidos por las leyes nacionales e internacionales con las que se
cuentan hoy en día, quiere decir que algo se está haciendo mal y debe tomarse acciones al respecto: trabajar durante la infancia provoca que las niñas y niños no
se desarrollen paulatinamente en un periodo lógico de crecimiento, tanto físico,
como mental y social, lo cual puede producir en el corto, mediano o largo plazo
efectos negativos en el pleno disfrute de sus derechos fundamentales.
En
teoría todos y cada uno de los niños, niñas y adolescentes deberían gozar de
una vida libre de cualquier tipo de violencia, sin embargo, ya en la práctica
esto no es posible, porque se está normalizando socialmente la forma más
extrema de violencia laboral, que es la esclavitud infantil, como lo muestra el
número de casos que se presentan constantemente, por ello en 2014 se reformó el
artículo 123, apartado A, fracción III de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos, para elevar a 15 años la edad mínima para trabajar,
lo que trae como consecuencia la prohibición explícita del trabajo para menores
de 15 años, y por lo tanto, de la esclavitud infantil.
Es por esto que “El 16 de abril se conmemora el Día Mundial contra la Esclavitud Infantil, el
origen de esta fecha proviene del asesinato de Iqbal Masih, de 12 años,
ocurrido en el año 1995, quien con tan solo 4 años de edad fue vendido por su
padre a una fábrica de alfombras de Punjab, pues a su familia le faltaba dinero
para la boda de su hijo mayor”
Lamentablemente, así como Iqbal Masih hay más casos que preocupan a la sociedad, por quienes la
fecha del 16 de abril dan motivos para recordar y reflexionar sobre los efectos
nocivos del trabajo infantil, sin embargo, este no debería ser sólo un día
relevante, pues todos los días los derechos de las niñas, niños y adolescentes se encuentran
protegidos y tutelados por la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, los Tratados Internacionales, y algunas Convenciones, solo por mencionar
algunos instrumentos legales de manera genérica; éstos y cada uno de los
reglamentos y protocolos en la materia deben ser aplicados de manera que
garanticen la protección que requieran cada una de las niñas y niños por parte
de la familia, de la sociedad y del Estado.
La
Comisión de los Derechos del Niño (CDN) señala en su artículo 32 que “... los Estados Partes reconocen el derecho del
niño a estar protegido contra la explotación económica y contra el desempeño de
cualquier trabajo que pueda ser peligroso o entorpecer su educación, o que sea
nocivo para su salud o para su desarrollo físico, mental, espiritual, moral o
social” y los obliga a adoptar “medidas legislativas, administrativas, sociales
y educacionales para garantizar la aplicación del presente artículo”.
De la
misma manera, en el Art. 3 del Convenio 182 de la OIT se enuncian las peores
formas de trabajo infantil, entre las que se encuentran la esclavitud y el
trabajo que, por su naturaleza o las condiciones en que se realiza, pueda dañar
la salud, la seguridad o la moralidad de niñas, niños y adolescentes, por
ejemplo: el trabajo en el hogar, en las minas, en la agricultura, entre otras.
Una de
las formas de solución para erradicar y prevenir el trabajo, la explotación y la
esclavitud infantil es la elaboración de planes que permitan la reintegración
de niños y niñas a centros educativos, y que puedan recibir atención
psicológica para subsanar el daño que recibieron por determinado tiempo.
En
México se ha estado trabajando en la elaboración de dichos planes, en consonancia con el objetivo de Desarrollo Sostenible No. 8 referente al “Trabajo decente y
crecimiento económico”, que incluye como una de sus metas poner fin para el año
2025 al trabajo infantil en todas sus formas
Esperar al año 2025 parece ser un tiempo muy extenso desde la perspectiva temporal, sin embargo, si se observa desde una perspectiva social es muy poco, pues se necesita tiempo para poder manifestar resultados ante un problema tan grande y tan grave como lo es la esclavitud infantil. No obstante, lo que se busca principalmente con ese objetivo del Desarrollo Sostenible es conseguir un mundo libre del trabajo forzoso y de cualquier forma de esclavitud y trabajo infantil, pues el tema es delicado y necesita un tratamiento especial, debido a la situación de vulnerabilidad en la que se encuentran muchas niñas y niños, y por las cifras tan alarmantes en México, que arrojó el Módulo de Trabajo Infantil 2017 del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI):
A nivel nacional 3.2 millones de
niñas, niños y adolescentes de 5 a 17 años realizaron trabajo infantil, de los
cuales 58.2%, se refiere a ocupación no permitida y el 36.6% a quehaceres
domésticos no adecuados. El número de personas en ocupación por debajo de la
edad mínima para trabajar en 2017 era de 802,890 personas (38.7%), y 1,267,543
(61.3%) se dedicaban a actividades peligrosas. El 39.3% de quienes eran
personas menores de edad en ocupación no permitida no percibían ingresos por su
labor.
Finalmente,
cabe mencionar que se han hecho cooperaciones y alianzas internacionales fundamentales
para avanzar en el objetivo 8.7 de la agenda 2030 de la ONU, para apoyar a los
gobiernos con las iniciativas encaminada a erradicar el trabajo infantil de
aquí al 2025
Referencias bibliográficas.
Comisión Nacional de Derechos Humanos. (s.f.). Recuperado el 30 de Marzo de 2021, de CNDH:
https://www.cndh.org.mx/sites/default/files/doc/Programas/Ninez_familia/Material/trip_no_explotacion_laboral.pdf
Comisión Nacional de Derechos Humanos. (s.f.). Recuperado el 30 de Marzo de 2021, de CNDH:
https://www.cndh.org.mx/index.php/noticia/dia-mundial-contra-la-esclavitud-infantil#:~:text=El%2016%20de%20abril%20se,dinero%20para%20la%20boda%20del
Organización Internacional del Trabajo. (s.f.). Obtenido de OIT:
https://www.ilo.org/ipec/facts/lang--es/index.htm
Trabajo, O. I. (2017). Estimaciones mundiales sobre el
Trabajo infantil. Resultados y Tendencias 2012-2016. Ginebra.
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