Día internacional contra la esclavitud infantil

16 de abril

Día internacional contra la esclavitud infantil

Sandra Muñoz Díaz, Coordinadora del área jurídica.

La Organización Internacional del Trabajo (OIT) define al trabajo infantil como todo aquel que priva a niñas, niños y adolescentes de su potencial y dignidad, y que es perjudicial para su desarrollo físico y psicológico (Organización Internacional del Trabajo., s.f.).

El trabajo infantil resulta ser una problemática en la sociedad, porque si los niños que actualmente se encuentran colocados en un sector de vulnerabilidad no pueden ser protegidos por las leyes nacionales e internacionales con las que se cuentan hoy en día, quiere decir que algo se está haciendo mal y debe tomarse acciones al respecto: trabajar durante la infancia provoca que las niñas y niños no se desarrollen paulatinamente en un periodo lógico de crecimiento, tanto físico, como mental y social, lo cual puede producir en el corto, mediano o largo plazo efectos negativos en el pleno disfrute de sus derechos fundamentales.

En teoría todos y cada uno de los niños, niñas y adolescentes deberían gozar de una vida libre de cualquier tipo de violencia, sin embargo, ya en la práctica esto no es posible, porque se está normalizando socialmente la forma más extrema de violencia laboral, que es la esclavitud infantil, como lo muestra el número de casos que se presentan constantemente, por ello en 2014 se reformó el artículo 123, apartado A, fracción III de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para elevar a 15 años la edad mínima para trabajar, lo que trae como consecuencia la prohibición explícita del trabajo para menores de 15 años, y por lo tanto, de la esclavitud infantil.

 Es por esto que “El 16 de abril se conmemora el Día Mundial contra la Esclavitud Infantil, el origen de esta fecha proviene del asesinato de Iqbal Masih, de 12 años, ocurrido en el año 1995, quien con tan solo 4 años de edad fue vendido por su padre a una fábrica de alfombras de Punjab, pues a su familia le faltaba dinero para la boda de su hijo mayor(Día Mundial contra la Esclavitud Infantil, s.f.)

Lamentablemente, así como Iqbal Masih hay más casos que preocupan a la sociedad, por quienes la fecha del 16 de abril dan motivos para recordar y reflexionar sobre los efectos nocivos del trabajo infantil, sin embargo, este no debería ser sólo un día relevante, pues todos los días los derechos de las niñas, niños y adolescentes se encuentran protegidos y tutelados por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los Tratados Internacionales, y algunas Convenciones, solo por mencionar algunos instrumentos legales de manera genérica; éstos y cada uno de los reglamentos y protocolos en la materia deben ser aplicados de manera que garanticen la protección que requieran cada una de las niñas y niños por parte de la familia, de la sociedad y del Estado.

La Comisión de los Derechos del Niño (CDN) señala en su artículo 32 que “... los Estados Partes reconocen el derecho del niño a estar protegido contra la explotación económica y contra el desempeño de cualquier trabajo que pueda ser peligroso o entorpecer su educación, o que sea nocivo para su salud o para su desarrollo físico, mental, espiritual, moral o social” y los obliga a adoptar “medidas legislativas, administrativas, sociales y educacionales para garantizar la aplicación del presente artículo”.

De la misma manera, en el Art. 3 del Convenio 182 de la OIT se enuncian las peores formas de trabajo infantil, entre las que se encuentran la esclavitud y el trabajo que, por su naturaleza o las condiciones en que se realiza, pueda dañar la salud, la seguridad o la moralidad de niñas, niños y adolescentes, por ejemplo: el trabajo en el hogar, en las minas, en la agricultura, entre otras.

Una de las formas de solución para erradicar y prevenir el trabajo, la explotación y la esclavitud infantil es la elaboración de planes que permitan la reintegración de niños y niñas a centros educativos, y que puedan recibir atención psicológica para subsanar el daño que recibieron por determinado tiempo.

En México se ha estado trabajando en la elaboración de dichos planes, en consonancia con  el objetivo de Desarrollo Sostenible No. 8 referente al “Trabajo decente y crecimiento económico”, que incluye como una de sus metas poner fin para el año 2025 al trabajo infantil en todas sus formas  (Comisión Nacional de Derechos Humanos, s.f.).

Esperar al año 2025 parece ser un tiempo muy extenso desde la perspectiva temporal, sin embargo, si se observa desde una perspectiva social es muy poco, pues se necesita tiempo para poder manifestar resultados ante un problema tan grande y tan grave como lo es la esclavitud infantil. No obstante, lo que se busca principalmente con ese objetivo del Desarrollo Sostenible es conseguir un mundo libre del trabajo forzoso y de cualquier forma de esclavitud y trabajo infantil, pues el tema es delicado y necesita un tratamiento especial, debido a la situación de vulnerabilidad en la que se encuentran muchas niñas y niños, y por las cifras tan alarmantes en México, que arrojó el Módulo de Trabajo Infantil 2017 del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI):

A nivel nacional 3.2 millones de niñas, niños y adolescentes de 5 a 17 años realizaron trabajo infantil, de los cuales 58.2%, se refiere a ocupación no permitida y el 36.6% a quehaceres domésticos no adecuados. El número de personas en ocupación por debajo de la edad mínima para trabajar en 2017 era de 802,890 personas (38.7%), y 1,267,543 (61.3%) se dedicaban a actividades peligrosas. El 39.3% de quienes eran personas menores de edad en ocupación no permitida no percibían ingresos por su labor. (Comisión Nacional de Derechos Humanos, s.f.)

Finalmente, cabe mencionar que se han hecho cooperaciones y alianzas internacionales fundamentales para avanzar en el objetivo 8.7 de la agenda 2030 de la ONU, para apoyar a los gobiernos con las iniciativas encaminada a erradicar el trabajo infantil de aquí al 2025 (Oficina Internacional del Trabajo, 2017) y se han puesto en marcha investigaciones e innovaciones, de manera que se incrementen y aprovechen recursos que hagan posible que niñas, niños y adolescentes vivan libres de la carga de trabajo infantil y de esclavitud, para que puedan desarrollarse constante y adecuadamente, en un ambiente social apropiado y con pleno goce de sus derechos fundamentales.

Referencias bibliográficas.

Comisión Nacional de Derechos Humanos. (s.f.). Recuperado el 30 de Marzo de 2021, de CNDH: https://www.cndh.org.mx/sites/default/files/doc/Programas/Ninez_familia/Material/trip_no_explotacion_laboral.pdf

Comisión Nacional de Derechos Humanos. (s.f.). Recuperado el 30 de Marzo de 2021, de CNDH: https://www.cndh.org.mx/index.php/noticia/dia-mundial-contra-la-esclavitud-infantil#:~:text=El%2016%20de%20abril%20se,dinero%20para%20la%20boda%20del

Organización Internacional del Trabajo. (s.f.). Obtenido de OIT: https://www.ilo.org/ipec/facts/lang--es/index.htm

Trabajo, O. I. (2017). Estimaciones mundiales sobre el Trabajo infantil. Resultados y Tendencias 2012-2016. Ginebra.


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