Niñas, niños y adolescentes tienen derecho a disfrutar de la vida cultural
Niñas, niños y adolescentes tienen derecho a disfrutar de la vida cultural
Tania Viridiana Mayagoitia Aceves, Colaboradora del Área de Investigación- NIMA
El patrimonio cultural como derecho humano
- Monumentos
- Colecciones
de objetos con valor histórico o cultural
- Fiestas y
tradiciones
- Artes del
espectáculo
- Rituales
y ceremonias
- Prácticas y conocimientos
- Zonas naturales, etc.
La Declaración de México sobre las Políticas Culturales, establece que el patrimonio cultural de un pueblo:
Comprende las obras de sus artistas, arquitectos, músicos, escritores y sabios, así como las creaciones anónimas, surgidas del alma popular, y el conjunto de valores que dan sentido a la vida: es decir, las obras materiales y no materiales que expresan la creatividad de ese pueblo: la lengua, los ritos, las creencias, los lugares y monumentos históricos, la literatura, las obras de arte, los archivos y bibliotecas (UNESCO 1982: art. 23).
Actualmente, el acceso a este legado es considerado como un derecho humano respaldado por regímenes internacionales mediante el derecho cultural, en los que residen los principios, normas y criterios, que ratificados en los tratados de los Estados participantes, plasman su preocupación por la vida cultural de los pueblos (Mesinas, 2016). Un documento fundacional en la defensa de los derechos culturales fue la Declaración Universal de los Derechos Humanos (DUDH) la cual señala que “Toda persona tiene derecho a tomar parte libremente en la vida cultural de la comunidad, a gozar de las artes y a participar en el progreso científico y en los beneficios que de él resulten” (ONU 1948: art. 27). Las obligaciones del Estado respecto al patrimonio cultural residen principalmente a la protección de los elementos que generen una vida cultural y al desarrollo libre de la actividad cultural.
El derecho de niñas, niños y adolescentes a participar en la vida cultural
- Relación temprana con el mundo de los
objetos: un objeto querido
(juguete, cobija, etc.) representa la dimensión externa de la vida de esa niña
o niño que le despierta bienestar y confianza, constituyen recuerdos y
establecen las primeras relaciones con el entorno. “Tanto los objetos de la
niñez como los del museo remiten a cuestiones similares: memoria, identidad,
sentido, vínculo…”
- Elección no arbitraria de objetos: en el juego niñas y niños “modifican” el
uso de determinados objetos seleccionando sólo aquel que sirve para sus
propósitos y que guarda una relación con los demás objetos del juego y con
aquello que están representando, este proceso posee un carácter simbólico al
igual que el patrimonio.
- La lógica del “no tocar” en el territorio de
los objetos de juego: la
experiencia de “no tocar” dentro del propósito colectivo de bien común para los
propósitos del juego forma parte del mundo representado por niñas y niños,
acuerdan motivos reflexivos para no mover ciertos juguetes o desarmar un juego.
- Los objetos representan una ética y una estética: niñas y niños le atribuyen un significado a los objetos el cual va configurando un relato dentro del juego que manifiesta en un delimitado orden y lineamiento de conducta, orden que establece una estética única. Los museos son esos lugares donde toman forma los discursos de identidad y memoria mediante la estética de los objetos de su puesta en escena.
La participación en la vida cultural y la educación: derechos relacionados
El Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de la ONU señala que el derecho de toda persona a participar en la vida cultural está intrínsecamente vinculado al derecho a la educación, por medio de la cual individuos y comunidades transmiten sus valores, religión, costumbres, lenguas y otras referencias culturales (UNESCO, 2010).
Así mismo, la escuela es uno de los espacios donde NNA tienen sus primeros acercamientos a espacios culturales como los museos. En México, 4,877 NNA de 12 a 17 años asistieron a museos durante 2021, siendo esta misma cifra en Guanajuato de 396 en el mismo año[1] (INEGI, 2021). Expertos señalan que tener una experiencia positiva en el museo es la primera condición para reconocer ese espacio como un lugar donde siempre es posible encantarse; donde, desde temprana edad, se puede participar de la valoración del patrimonio social (Ruiz de Lacanal, 2014, como se citó en De la Jara, s.f.).
Aunque la vida cultural no se encuentra únicamente dentro de vitrinas y museos, y somos las personas quienes la creamos, reproducimos e interactuamos con ella día a día, el encuentro con espacios artísticos, históricos y museos pueden formar experiencias positivas para el desarrollo de NNA para valorar plenamente nuestra diversidad a todo nivel: biológica, cultural y lingüística, etc., para reconocer características propias de lo que nos constituye (Tristancho, 2016).
Referencias
Jara, I. de la. (s.f.) Infancia y patrimonio ¿de qué relación hablamos? https://www.museoschile.gob.cl/sites/www.museoschile.gob.cl/files/images/articles-90161_archivo_01.pdf
INEGI. (2021). Museos:
Visitantes por entidad de registro según edad y sexo, serie anual de 2016 a
2021. https://www.inegi.org.mx/app/tabulados/interactivos/?pxq=Museos_VisitantesTab01_c51ce080-0e70-431b-9170-ff8b470937db.
Mesinas, M. (2016). El
derecho del patrimonio cultural. Análisis desde la perspectiva de los derechos
humanos y su aplicación por el Instituto Nacional de Antropología e Historia
(INAH), México. Intervención, núm. 14, págs.: 71-81.
ONU. (1948). “Artículo
27”, Declaración Universal de los Derechos Humanos. http://www.un.org/es/documents/udhr.
Tristancho, M. (2016). Arte, patrimonio y primera infancia: espacios para el encuentro y el descubrimiento.
https://maguared.gov.co/arte-patrimonio-primera-infancia-espacios-descubrimiento/.
UNESCO. (1982). Declaración
de México sobre las Políticas Culturales, México. http://portal.unesco.org/culture/
es/ev.php.
UNESCO. (2010). Observación general Nº 21 “Derecho de
toda persona a participar en la vida cultural” (artículo 15, párrafo 1 a) del
Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales en Derechos
culturales: Documentos básicos de Naciones Unidas. España.
UNESCO. (s.f.). Patrimonio
cultural. https://es.unesco.org/fieldoffice/santiago/cultura/patrimonio.
UNICEF. (2006). Convención
de los derechos del niño. España: UNICEF comité español.
[1] El total de visitantes de cada año
corresponde a los registros de las instituciones museísticas que reportan
información al cierre del año de referencia. Para 2020, durante la contingencia
sanitaria ocasionada por la pandemia derivada de la COVID-19, la mayoría de los
museos en el país estuvieron cerrados al público durante la mayor parte de
dicho año y el siguiente, lo cual coincidió con la disminución del número de
visitantes a museos en comparación con años previos.
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