Las infancias y adolescencias no reconocidas en los casos de desapariciones forzadas
30 de agosto, Día Internacional de las Víctimas de Desapariciones Forzadas
El 21 de diciembre de 2010 la Asamblea General de las Naciones Unidas, estableció el 30 de agosto como Día Internacional de las Víctimas de Desapariciones Forzadas, es decir que desde hace 11 años este tema se ha colocado en la esfera internacional en materia de derechos humanos.
La Convención Internacional para la
Protección de todas las Personas contra la Desaparición Forzada, ratificada por el Estado Mexicano en el 2008,
refiere en el Artículo 2° que se entenderá por “desaparición forzada” “el
arresto, la detención, el secuestro o cualquier otra forma de privación de
libertad que sea obra de agentes del Estado o por personas o grupos de personas
que actúan con la autorización, el apoyo o la aquiescencia del Estado, seguida
de la negativa a reconocer dicha privación de libertad o del ocultamiento de la
suerte o el paradero de la persona desaparecida, sustrayéndola a la protección
de la ley”.
¿Cuál
es el contexto en México?
Para finales de la década de
los sesenta, las personas víctimas de desaparición forzada en México se
relacionaban a un perfil específico: campesinos integrados a grupos movilizados
de izquierda o a guerrillas como el Partido de los Pobres, la Acción Nacional
Cívica Revolucionaria o la liga Agraria Revolucionaria. El perfil de los
perpetradores correspondía a militares y los móviles eran meramente políticos.
En esos años, las autoridades comprendieron que desaparecer opositores era una
práctica efectiva para eliminarles física y jurídicamente, pues difícilmente
existían pruebas de la desaparición y de las personas victimarias, por lo que
casi se aseguraba la impunidad. A este periodo se le denomina como “guerra
sucia” (Robledo, 2015).
De acuerdo al Registro
Nacional de Personas Desaparecidas y No Localizadas (RNPDNO), en México desde 2007 hasta el 28 de febrero de 2021 se han registrado 60,111 personas
reportadas como desaparecidas o no localizadas cuando tenían entre 0 y 17 años;
algunas de ellas habrán cumplido la mayoría de edad sin ser
encontradas.
Ante el aumento de la
violencia que vivimos no debemos normalizar las cifras y posicionar
esta problemática en la esfera privada (es decir, algo que les compete sólo a
las familias de las niñas, niños y adolescentes en estas condiciones). La
desaparición forzada es un fenómeno complejo con muchos factores económicos,
políticos y culturales, que convergen y se nutren de las desigualdades sociales,
que se sostiene en la corrupción de las autoridades y la impunidad en la
resolución y justicia de estos casos.
Impacto psicosocial de las desapariciones forzadas
Fuente: El Telégrafo
La Convención Internacional
para la Protección de Todas las Personas Contra las Desapariciones Forzadas en
su Artículo 24° menciona que “entenderá por víctima la persona desaparecida y
toda persona física que haya sufrido un perjuicio directo como consecuencia de
una desaparición forzada”.
La Corte Interamericana de
Derechos Humanos refiere que en este tipo de casos es posible entender que la
violación del derecho a la integridad psíquica y moral de los familiares de la
víctima es una consecuencia directa, precisamente, que les causa un severo
sufrimiento por el hecho mismo de que se acrecienta, por la constante negativa
de las autoridades estatales de proporcionar información acerca del paradero de
la víctima o de iniciar una investigación eficaz para lograr el esclarecimiento
de lo sucedido.
El rol de las infancias y adolescencias en los casos de desapariciones
Las familias o personas
adultas que tiene algún familiar en condición de desaparición consideran que es
complicado hablar de estos temas con las infancias, se dan cuenta que las niñas
y niños saben de la situación en que se encuentran sus seres queridos, pero no
saben cómo lo están comprendiendo. Las niñas, niños y juventudes son
conscientes y viven con el dolor de la desaparición, desde una mirada adulta,
las personas creen que es mejor evadir el tema pues son “pequeños para
comprender”, o deben dedicarse a actividades únicas de niñas y niños cómo jugar,
y se les desvincula en su derecho a la participación y toma de decisiones familiares
(Pastrana y De Alba, 2020).
Las y los familiares de
personas en situación de desaparición forzada son considerados como víctimas
indirectas del delito, pues viven las consecuencias que conlleva la ausencia de
su familiar y de diversos factores que cambiarán la dinámica de las familias y
de la comunidad.
Las infancias y
adolescencias no están aisladas de las situaciones que sufren las familias de
una persona desaparecida, y muchas veces se encuentran viviendo estos procesos
en soledad. Las niñas y niños no son considerados al momento de la toma de
decisiones en conjunto y en la adecuación de las dinámicas familiares. Son muchos
los casos en que se intenta ocultarles
la verdad, creyendo que se les protege del sufrimiento, sin embargo, ellas y
ellos se dan cuenta que algo ha cambiado pero no conocen la razón, otras veces
conocen únicamente lo que escuchan, pero al no llevar un acompañamiento la
información es difusa y ello causa estragos en su vida diaria, y en los peores
casos, son informadas por amigos cercanos, en la escuela o su comunidad la
situación en que sus familias se encuentran (Cárdenas, 2021).
Otra de las consecuencias
que tienen las poblaciones más jóvenes es que se les delegan funciones de roles
adultos: en el caso de las niñas se les asignan tareas del hogar como el aseo
doméstico, la preparación de alimentos y el cuidado de niños más pequeños, pues
las madres, padres y personas cuidadoras se encuentran ocupados en los procesos
de búsqueda de la persona desaparecida; a los niños se les atribuye la
responsabilidad de ser los cuidadores del hogar y protectores de la familia,
pues socialmente se cree que estos son roles que hace un “hombre”.
Por otro lado, existe la
segregación, estigmatización y criminalización por parte de la comunidad, por
considerarse que la persona desaparecida pertenece a grupos delictivos o en la
participación de actividades ilícitas. Lo anterior puede hacer que se replantee
y cuestionen las creencias sobre el mundo, la justicia, la sociedad y la
espiritualidad (Cárdenas, 2021).
Es responsabilidad de las y
los adultos, así como de los organismos de justicia, acompañar a las infancias
que tengan familiares y personas cercanas en situación de desaparición forzada.
También es deber de las autoridades gubernamentales la reparación del daño,
esto no es únicamente la búsqueda y el regreso del familiar desaparecido, sino
atención a la salud, resguardo y cualquier otra actividad que garantice y
dignifique el bienestar de la familiar pues se consideran víctimas indirectas.
Debemos dejar de creer que
las niñas, niños y adolescentes son personas que no comprenden lo que sucede, o
que no les incumbe. Aunque pueda resultar difícil y hasta abrumador explicar a
niñas, niños y adolescentes este tipo de situaciones, existen herramientas y
formas asertivas de establecer un diálogo, desde usar un tono y lenguaje
adecuados, reconocer las emociones que surjan en esos momentos, hasta la
apertura a resolver dudas, todos ellos serán recursos que faciliten el diálogo.
También se debe contener y apoyar en el proceso de duelo, aceptación y el
manejo de emociones; si se siente que no se es capaz de hacerlo, se puede
solicitar ayuda tanto de profesionales en salud mental como de otras personas
con las que el niño, niña u adolescente se sienta seguro para mantener una
conversación o diálogo que le acompañe en este proceso de comprensión de lo que
ocurre.
De-construyámonos de la perspectiva adultocéntrica que limita el desarrollo y la dignidad de las niñas, niños y adolescentes, reconozcamos a las infancias y adolescencias como personas sujetas de derechos, que luchan, viven y resisten las desigualdades económicas, sociales y culturales; promovamos espacios donde puedan ejerzan su derecho a la participación, se les escuche y se garantice el acceso a verdad, justicia y reparación del daño para ellas/os y sus familias.
Referencias bibliográficas:
Robledo, C. (2015). El laberinto de las sombras: desaparecer en el
marco de la guerra contra las drogas. Estudios políticos (47), 89-108.
Cardenas, A. (2021) Las
voces que no escuchamos: niñas y niños familiares de personas desaparecidas. Raíchali
Noticias. Recuperado desde: https://raichali.com/2021/02/25/ninas-y-ninos-personas-desaparecidas/
Pastrana, D., y De Alba, J. (2020). ¿Cómo explicar a un niño que la
gente desaparece?. Pie de Página. Recuperado desde:
https://piedepagina.mx/como-explicar-a-un-nino-que-la-gente-desaparece/
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